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Plan Renove de Sala de Calderas en la Comunidad de Madrid.

Con respecto al Plan Renove de Sala de Calderas, la Comunidad de Madrid ha publicado el extracto de 19 de diciembre de 2018 de la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda por la que se convoca la concesión de las ayudas.

Estas ayudas del Plan Renove de Sala de Calderas en Madrid tienen la finalidad de mejorar la seguridad en las instalaciones, velando por los efectos medioambientales mediante la reducción del consumo de energía.

Los beneficiarios del Plan Renove de Sala de Calderas de la Comunidad de Madrid son:

1-Comunidades de propietarios de dos o más viviendas.

2-Personas físicas o jurídicas, titulares o arrendatarios de:

-Fincas de propiedad particular de dos o más viviendas.

-Siempre que exista una potencia térmica nominal de más 70 kW: Edificios de viviendas de Comunidades de Bienes, Empresas y Edificios del Sector Terciario.

Los gastos que serán subvencionables dentro del Plan Renove de Sala de Calderas de la Comunidad de Madrid serán para aquellas instalaciones térmicas con generadores de calor que no utilicen gas natural y que cambien a una instalación de gas natural como combustible.

Es necesario que el presupuesto, factura y justificante de pago (siempre por transferencia bancaria) se realicen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.

Además, la actuación ha de hacerse en la Comunidad de Madrid y los aparatos deben ser nuevos acreditados mediante factura correspondiente.

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA DEL PLAN RENOVE DE SALA DE CALDERAS

Las bases reguladoras de la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de 29 de noviembre de 2018 publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 7 de diciembre, establecen una dotación presupuestaria de 1.400.000 euros para esta nueva edición del Plan Renove de Sala de Calderas.

La cuantía de la subvención estará determinada por la potencia térmica nominal de la nueva instalación Pn, del tipo de combustible a sustituir y de acuerdo al uso del edificio conforme a lo que se detalla en la norma.

Si la instalación es de carbón de uso residencial podrá tener hasta un 50% del coste elegible y si es no residencial podrá llegar la 30%. Cuando el combustible a sustituir sea otro será de hasta el 20% y de hasta el 12% en no residencial. El coste elegible son todas las partidas a excepción de la albañilería y obra civil IVA excluido.

Finalmente, la tramitación de las solicitudes del Plan Renove de Sala de Calderas se hará por orden cronológico de entrada hasta agotar el crédito disponible y deberán canalizarse a través de las empresas instaladoras adheridas según los requisitos y procedimientos establecidos. El plazo de presentación será del 15 de enero al 31 de diciembre de 2019.

Para más información puedes visitar la web habilitada:

https://www.planrenovedesalasdecalderas.com/