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Penalizaciones (Consejo 8 de 10).

Incluir un apartado de Penalizaciones en caso de incumplimiento del contrato de reforma es una cuestión que el usuario puede plantear a la empresa contratada.

Para tener una mayor tranquilidad durante los plazos de ejecución de la obra, es posible incluir cláusulas de Penalizaciones de forma que no se tengan que abonar cantidades por unidades de obra que no hayan sido ejecutadas, obligando a la empresa a cumplir con los plazos.

Las cláusulas de Penalizaciones pueden suponer una reducción del dinero a pagar tras finalizar la obra o bien traducirse en una compensación económica por parte de la empresa de reformas por cada día de retraso.

Es necesario que las cláusulas estén bien definidas y argumentadas, pues rara vez durante el transcurso de una reforma no hay algún tipo de variación o cambio, y cualquiera de esos motivos podría ser suficiente para no hacer efectivas las Penalizaciones estipuladas en el contrato.

Hay que aclarar que como norma a las constructoras les interesa terminar sus obras en el plazo fijado en el contrato, pues todo lo que sea superar ese plazo puede suponer costes propios de personal, de alquiler de maquinaria o cualquier otra situación más específica.

Una cláusula elevada de penalización no siempre se puede llegar a cumplir. Un Tribunal podría desestimarlo atendiendo a las circunstancias de cada caso. Por ello es recomendable que este tipo de situaciones se consulten con el Técnico que supervise o coordine la obra.

Llegar a la vía penal es un esfuerzo de incierto resultado por lo que se recomienda atar todos los cabos para realizar una correcta planificación previa a la ejecución de la obra.

Como siempre, es importante tener claro qué se quiere hacer y dejarlo muy bien definido en el contrato, cláusulas de penalización incluidas, así como reflejar todo lo que posteriormente se fuera a hacer en anexos al contrato.

CÓMO PLANTEAR LAS PENALIZACIONES A UNA EMPRESA

Plantear una cláusula de Penalizaciones a una empresa no es tarea sencilla, hay muchas empresas que se niegan a incluirlas y no siempre porque no estén seguros de sus trabajos, sino porque supone un factor de difícil control.

Lo recomendable es plantear nuestra preocupación como usuario sobre la marcha del proyecto de una forma clara y concisa, estableciendo desde el principio a qué se obligan las partes y cuáles son las responsabilidades en caso de incumplimiento.

Se trata de que la empresa de reformas tenga claras las líneas rojas que en ningún caso pueden ser traspasadas y si se produce el hecho de qué forma va a ser compensado.

Existen multitud de ejemplos en los cuales están justificadas las Penalizaciones, a continuación recogemos algunas:

-Si por las características de la obra debemos abandonar la vivienda, debemos establecer un plazo de finalización ya que estamos incurriendo en unos gastos de residencia en otro lugar.

-Si la vivienda a reformar es para alquilar o vender en una fecha concreta y debemos cumplir estrictamente el plazo estaría igualmente justificado.

-Si este trabajo es necesario para empezar otro que se ha contratado externamente a la empresa aunque no sea de reforma y nos compromete como usuario en los plazos de ese otro contrato.

Al final es aplicar el sentido común y llegar a un acuerdo con la empresa para que se pueda cumplir por ambas partes y la reforma llegue a buen término.

Desde ReformANERR le ofrecemos empresas de reformas que están homologadas y certificadas con el sello de calidad de la Asociación Nacional de Empresas de Rehabilitación y Reforma (ANERR).