NACIONALES
NEXT GENERATION EU – Hasta el 2026
Las actuaciones subvencionables debe ser posterior al 1 de febrero de 2020.
Los beneficiarios pueden ser personas físicas, jurídicas o unidades de conveniencia.
3. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio
REQUISITOS: reducción mínima del 30% de CONSUMO DE ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE, además en las zonas climáticas C, D y E reducción de demanda de energía anual global de calefacción y refrigeración (ZONA C=25%, ZONA D y E=35%).
CUANTÍA : con un ahorro energético entre el 30 y 45% hasta un máximo de ayuda del 40% del importe de las obras, cada vivienda podrá recibir hasta un máximos de 6.300€; con un ahorro energético entre el 45 y 60% hasta un máximo de ayuda del 65% del importe de las obras, cada vivienda podrá recibir hasta un máximos de 11.600€; con un ahorro energético más del 60% hasta un máximo de ayuda del 80% del importe de las obras, cada vivienda podrá recibir hasta un máximos de 18.800€.
4. Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas
REQUISITOS:
reducción mínima del 30% de CONSUMO DE ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE o reducción de DEMANDA DE ENERGIA ANULA GLOBAL DE CALEFACCIÓN Y REFRIGERACIÓN mínimo del 7%.
CUANTÍA: hasta un máximo de ayuda del 40% del importe de las obras, cada vivienda podrá recibir entre 1.000€ y 3.000€.
5. Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación
REQUISITOS:
estar finalizados antes del año 2000; minimo 50% sobrerasante de uso residencial.
CUANTÍA: para el LIBRO DEL EDIFICIO 700€+60€ por vivienda en unifamiliares y plurifamiliares hasta 20 viviendas, 1.100€+40€ por vivienda, por un máximo de 3.500€ para plurifamilaires con más de 20 viviendas.
RESOLUCIÓN 132/2022, de 24 de febrero;
RESOLUCIÓN 135/2022, de 28 de febrero; RESOLUCIÓN 140/2022, de 4 de marzo.
PREE 5000 – Hasta el 31 de diciembre de 2023
Para municipios hasta 5.000 habitantes y municipios no urbanos hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.
Reducción mínima del 30% de energía primaria no renovable.
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Mejora de la envolvente térmica
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Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas
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Mejora de las instalaciones de iluminación
Para viviendas unifamiliares y comunidades de propietarios, y posibilidad también para pertenencias de edificios (pendiente de confirmar por la comunidad)
(pendiente de publicar el Boletín Oficial CCAA)